top of page

Confidencialidad: el último dique que sostiene la credibilidad de la investigación privada

Por Lola Murias, CEO de Descubro B2B. Detective Privado


La investigación privada no se legitima únicamente por una habilitación administrativa. Se sostiene, ante todo, sobre un principio irrenunciable: la confidencialidad.

Sin ella no hay confianza. Sin confianza no hay clientes. Y sin ambas, no hay profesión.


En las últimas semanas se ha reabierto el debate profesional a raíz de conductas protagonizadas por dos detectives identificados públicamente por las siglas JP y MS, conductas que han trascendido en foros profesionales, resoluciones judiciales y manifestaciones públicas en redes sociales.


Lo relevante —y especialmente preocupante— es que ambos actuaban como detectives dependientes de otros despachos de investigación privada.


Este dato no es accesorio.

Es central.


La condición de detective dependiente: un deber reforzado de lealtad y confidencialidad


El detective dependiente no es un profesional autónomo que colabora puntualmente.

Es una figura sometida a un deber reforzado de lealtad, confidencialidad y subordinación funcional, tanto desde el punto de vista laboral como deontológico.


Esto implica, entre otras obligaciones básicas:


  • No disponer de la información recabada fuera del marco del despacho.

  • No contactar con investigados al margen del encargo.

  • No actuar por cuenta propia en asuntos relacionados con el despacho.

  • No reutilizar métodos, tipologías, sistemas internos o información estratégica.

  • Mantener la confidencialidad durante y después de la relación profesional.



Cuando estas fronteras se cruzan desde una posición de dependencia, la gravedad se multiplica. No solo se compromete la ética individual, sino la estructura misma del despacho que confió, formó y habilitó.



Hechos conocidos y debate legítimo


En el caso de JP, existe una sentencia judicial firme que analiza una actuación incompatible con los deberes de confidencialidad, derivada de información obtenida en el marco de una relación profesional previa con un despacho que le había formado.


En el caso de MS, constan manifestaciones públicas realizadas en redes sociales, en las que se reconoce el contacto con personas investigadas por el despacho tras cesar la relación profesional, así como actuaciones investigativas realizadas de manera autónoma pese a haber sido detective dependiente.

ree

ree

Publicaciones en abierto extraídas de la red de Twitter


En ambos supuestos, además, se ha señalado la difusión o desviación de información interna, incluyendo métodos de trabajo, tipologías investigativas, sistemas de gestión y dinámicas operativas propias de los despachos en los que prestaban servicios.


No se trata de interpretaciones forzadas.

Se trata de hechos conocidos y públicamente accesibles, cuya valoración profesional resulta no solo legítima, sino necesaria.



El daño no es individual: es colectivo



Cuando un detective dependiente quiebra la confidencialidad, el daño no se limita a una relación concreta. Afecta a:


  • La credibilidad del despacho.

  • La confianza del cliente.

  • La percepción judicial del sector.

  • Y, por extensión, a todo el colectivo profesional.



Más grave aún resulta cuando estas actuaciones se acompañan de intentos de daño reputacional, uso interesado de información interna o relatos públicos que desdibujan la realidad de los hechos con fines ajenos a la verdad profesional.


La información interna de un despacho no es un arma, ni un salvoconducto para ajustes personales.


Un principio incómodo pero real: quien lo hace una vez, suele repetir


La experiencia demuestra que las quiebras éticas rara vez son episodios aislados.

Cuando alguien normaliza el uso indebido de información confidencial o el contacto improcedente con investigados, el riesgo de reiteración es alto.


Por eso, el silencio del entorno no es neutralidad.

Es una forma de permitir que el problema se cronifique.


Responsabilidad y consecuencias: sin excepciones


Recientemente, la sociedad ha sido testigo de cómo incluso altos cargos institucionales han afrontado consecuencias por vulnerar el deber de confidencialidad.


Si ese estándar se exige en la cúspide del Estado,

en una profesión cuya esencia es el manejo de información sensible, la exigencia debe ser aún mayor.


La condición de detective dependiente no atenúa la responsabilidad.

La refuerza.


Unidad profesional frente a la deslealtad


Este artículo no pretende personalizar ni señalar gratuitamente.

Pretende defender una profesión.


Los despachos de investigación privada, las asociaciones y los colegios profesionales deben enviar un mensaje claro y unívoco:


  • La confidencialidad no es negociable.

  • La deslealtad profesional no es un conflicto interno, es un riesgo sistémico.

  • Y las conductas incompatibles con la ética y la ley deben tener consecuencias, por los cauces que correspondan.


Porque el código de honor de la investigación privada nace en la confidencialidad.

Y cuando esta se rompe, no cae una persona: se resiente todo el colectivo.


Defender la profesión no es proteger a quien la vulnera.

Es proteger a quienes la ejercen con rigor, ética y respeto a la ley.


Y en eso, todos somos responsables.

 
 
 

Entradas recientes

Ver todo

Comentarios

Obtuvo 0 de 5 estrellas.
Aún no hay calificaciones

Agrega una calificación
bottom of page